viernes, 30 de marzo de 2012

El TS eleva en 200.000 € una condena por no informar de un síndrome de Down - DiarioMedico.com

El TS eleva en 200.000 € una condena por no informar de un síndrome de Down - DiarioMedico.com

DE 80.000 A 280.000 EUROS

El TS eleva en 200.000 € una condena por no informar de un síndrome de Down

La Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Supremo ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar una indemnización de 280.000 euros por no detectar un síndrome de Down en un embarazo de gemelos y, por lo tanto, no comunicárselo a los padres privándoles de su derecho a abortar.
Redacción | 30/03/2012 00:00

Así, estima el recurso de casación presentado por la familia contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid elevando en 200.000 euros la cuantía de 80.000 euros que concedió el tribunal autonómico.
Los padres recurrieron ante el Supremo porque estimaron que a la hora de fijar la cuantía de la indemnización no se había tenido en cuenta los daños económicos y patrimoniales derivados de la crianza de un niño con síndrome de Down y sólo se valoraron los morales.

El alto tribunal establece que, "no es sólo indemnizable el daño moral consistente en privar a los padres de la posibilidad de decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, sino también el mayor coste o el incremento que supone la crianza de un hijo afectado con síndrome de Down".

Además argumenta que tanto el daño moral como el patrimonial deben ir unidos si se pretende una reparación integral. Por ello, mantiene la cuantía reconocida en la sentencia anterior de 80.000 euros y entendiendo el sobrecoste que genera la crianza y educación del bebé conforme a sus posibilidades, aumenta la indemnización en 200.000 euros más.

En todo lo demás el alto tribunal ratifica la sentencia del TSJ de Madrid, confirmando que existió una mala praxis en el seguimiento del embarazo (ver DM del 9-IX-2010).

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