jueves, 23 de septiembre de 2010

A 40 años del “Informe Harvard” sobre la muerte encefálica - bioetica & debat-Artículos


Vejez y Final de la vida : A 40 años del "Informe Harvard" sobre muerte encefalica
Enviado por gherardi on 6/9/2010 11:36:20
A 40 años del “Informe Harvard” sobre la muerte encefálica

Carlos R. Gherardi MEDICINA (Bs As) Volumen 68 - Nº 5, 2008


Este año, precisamente el 5 de agosto, se cumplen cuarenta años del trabajo que un Comité Ad-Hoc de la Universidad de Harvard publicó en JAMA1 con una propuesta que sentó las bases de lo que desde entonces se reconoce como muerte encefálica.

Esta circunstancia debe ser recordada como la primera y más trascendente consecuencia derivada de la aplicación del avance tecnológico en la medicina asistencial que ya había incorporado aisladamente, pero con frecuencia creciente, dispositivos externos destinados al reemplazo de funciones vitales, como el uso del respirador mecánico y del riñón artificial.

No obstante, se necesitó la aparición de un nivel de cuidado y de seguridad que monitoreara permanentemente todos los signos vitales y donde pudiera aplicarse continuamente un soporte tecnológico o farmacológico para cada función orgánica en el paciente agudo, para poder visualizar situaciones hasta entonces desconocidas en la asistencia médica.

Así las cosas, y antes que este nivel de cuidado asistencial se generalizara en todos los medios hospitalarios y sin que existiera aún la especialidad cuidado o terapia intensiva, la extraordinaria yvaliente lucidez clínica de un grupo de médicos del Massachusetts General Hospital de Boston impulsó la creación de ese Comité que dirigido por Henry Beecher –hasta el momento coordinador de un grupo que estudiaba las cuestiones éticas referidas a la experimentación en seres humanos– e integrado por diez médicos con la asistencia de un abogado, un historiador y un teólogo, aconsejó una nueva definición de muerte basada en la irreversibilidad del daño cerebral producido en ciertos pacientes en coma2.

El cuadro clínico y pruebas diagnósticas que demostrarían la detención en las funciones del cerebro fueron establecidos en el mismo trabajo de sólo cuatro páginas: coma (ausencia completa de conciencia, motilidad y sensibilidad), apnea (ausencia de respiración espontánea), ausencia de reflejos que involucren nervios craneanos y tronco cerebral (situados en el sistema nervioso central), y trazado electroencefalográfico plano o isoeléctrico. Cumplidas estas condiciones durante un tiempo estipulado, y previo descarte de la existencia de hipotermia (p.ej. por enfriamiento o congelamiento accidental) o intoxicación por drogas depresoras del sistema nervioso (barbitúricos en esa época), debía diagnosticarse la muerte, ahora “cerebral”, y suspenderse todo método de soporte asistencial, en especial la respiración mecánica. No se omitió asimismo que la necesidad de la propuesta era (I) la carga que el coma irreversible significaba para el propio paciente y/o para otros (familia, hospitales, falta de camas para pacientes recuperables) y (II) la controversia existente sobre el momento en que era razonable efectuar la ablación de órganos para trasplantes, práctica que ya era frecuente hasta para órganos centrales como hígado, pulmón y corazón1.

Esta propuesta sobre muerte encefálica se aceptó primariamente por la clara evidencia clínica de irreversibilidad de los cuadros clínicos con las condiciones neurológicas descriptas y en los que, en ese tiempo, el paro cardíaco se produciría en pocas horas o días, aun con las medidas de soporte respiratorio y circulatorio. No obstante, se sugirió la conveniencia de instrumentar previamente una norma legal que, para protección de los médicos, declarara a la persona muerta antes de retirarla del respirador mecánico, y todavía hoy resulta sorprendente que la única cita bibliográfica del trabajo (hecho excepcional en un trabajo científico), se refiriera a una declaración del Papa Pío XII de 1957 sobre que la prolongación de la vida por métodos extraordinarios en pacientes críticos y la verificación del momento de la muerte eran asuntos de incumbencia estrictamente médica1, 2.

A partir de este momento y en los años subsiguientes los diversos estados de Estados Unidos primero, y progresivamente la mayoría de los países occidentales adaptaron su legislación para el reconocimiento de esta muerte encefálica, aunque todavía hoy no se generalizó en el mundo islámico y casi no se aplica por motivos religiosos, a pesar de contar con la respectiva ley, en algunos países como Japón

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